ABSENTISMO LABORAL: EMPLEADO EMPRESA PRIVADA & FUNCIONARIO ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO

Si en algo estamos todos de acuerdo, es en reconocer, por una parte, el daño irreparable que la pandemia ha causado con su cruenta y virulenta invasión, arrebatando la vida a decenas y decenas de miles de personas en España, otros muchos pudieron escapar de sus garras, si bien, en algunos casos, a cambio de padecer determinadas secuelas, las cuales, pueden condicionar, no solo el presente, sino el futuro más inmediato de quienes las sufren, y por otra parte, señalar, la grave crisis económica que padecemos, o quizás más acertado, decir que, en España hemos sufrido una verdadera debacle, cuyas consecuencias, más que preocupar, es pavor lo que causa, al conocer las verdaderas circunstancias que conforman la realidad. Consecuencia de la tragedia que supone la actual situación económica, son los centenares de miles de personas que han perdido su trabajo (literalmente, de la noche a la mañana), y más preocupante todavía, son las previsiones a corto plazo, las cuales, auguran situación crítica, en particular, aproximadamente, para un millón de personas que ven su puesto de trabajo en el aire, ello, sin contar la cifra de parados, que está situada cerca de los 4 millones, en resumen, situación económica y social muy crítica.

Por su importancia, el párrafo anterior es preciso conocerlo, para valorar, en toda su extensión, la situación real respecto a la economía y a la escasas ofertas de trabajo en este periodo de pandemia del coronavirus, pues bien, a pesar de tan crítica situación, cierta “lacra” sigue activa, en esta ocasión, se puede denominar ”lacra” al ABSENTIMOS, este, según la RAE, es…“costumbre de no acudir al lugar donde se ejerce una obligación, en especial al trabajo o a la escuela” y también: “costumbre habitual de abandonar el desempeño de funciones y deberes anejos a un cargo”. Quizás, pueda resultar desconocido para muchos ciudadanos la verdadera incidencia que supone, el absentismo en las empresas que lo sufren (en este caso, nos referimos al absentismo laboral), quizás, porque esta circunstancia no está publicitada y explicitada como correspondería, en la medida de la gravedad que el absentismo supone, en particular, porque incide en la productividad y costes, y por ende, representa clara desventaja, a la hora de competir con otras empresas del ramo.

Sin embargo, la realidad es inexorable, y realidad representa el conjunto de cosas existentes en el mundo real, por ello, para las empresas afectadas por el absentismo, las graves cargas que deben soportar (según el caso), son tan reales como ineludibles; por su interés, citamos un informe de Adecco, en el cual, señala “que la tasa pasó del 5,5% en 2019, hasta el 8,9% en el segundo trimestre de 2020, especialmente por las bajas de incapacidad temporal. El absentismo laboral en España se duplicó durante el confinamiento”. Los datos recogidos, son escalofriantes y a la vez para sonrojar, ello, porque en plena crisis económica a causa de la pandemia del coronavirus, si, causa escalofríos, ver el coste tan elevado que tienen que afrontar la empresas por causa del absentismo, pero quizás mucho más grave puede resultar la inacción, en vez de atajarlo de forma contundente a quien corresponda; igualmente, produce sonrojo ver el incremento de la tasa de absentismo, del 5,5% en 2019, al 8,9% en el segundo trimestre de 2020,  es decir, incremento del 73% del absentismo en plena pandemia, lo que puede indicar, la verdadera concienciación de los empleados que practican el absentismo.

Conocidas las cifras del incremento del absentismo, en plena pandemia, de los empleados de las empresas privadas, sorprende, entre otros, por el hándicap de la posibilidad de prescindir de sus servicios con relativa facilidad, y sin embargo, a pesar de pender la espada de Damocles sobre aquellos, las cifras del incremento de absentismo ahí están, tan alarmantes como gravosas. De inmediato surge la curiosidad y por ende la incógnita, porque en general, se conoce el coste para las empresas privadas que el absentismo supone, con los anexos (merma en la productividad, desventajas para competir en el mercado, etc) que dicha situación conlleva; de igual forma, es conocido el elevado porcentaje de empleados que conforman la lacra del absentismo, en consecuencia, surge la duda: ¿solo hay absentismo en los empleados de empresa privada o quizás también entre los funcionarios?. Resulta lógico plantear esta cuestión, es decir, el posible absentismo entre los funcionarios, y de esta forma, procede preguntarse: ¿quizás no es significativo?, ¿puede ser considerable, si bien está latente?, ¿incumplen con los horarios y con la permanencia en su puesto de trabajo?, ¿quién/es soportan, en su caso, los costes?, y muchas otras dudas que trataremos de estudiar y valorar.

En este punto procede, recopilar determinados datos al respecto, en primer lugar, señalar, según fuentes consultadas, el número de funcionarios en España es de 2.600.000 (es decir, por cada 17 ciudadanos, hay 1 funcionario, como diría Obelix: “estos romanos están locos”), si bien, sin poder confirmar, si comprende aquellas personas que trabajan en empresas públicas o Entes similares; por otra parte, el importe del presupuesto que se destina a las nóminas de funcionarios, se ha fijado en 140.000 millones de euros. Respecto al absentismo entre funcionarios, como ejemplo, recoger dos titulares de medios de comunicación: Titular EXPANSION.COM, en fecha 19/11/2018: El Gobierno trabaja en un plan contra el absentismo laboral entre los funcionarios. Titular LA RAZON, en fecha 01/11/2019: Las bajas se disparan un 29% tras el “indulto” a los funcionarios. El fin de las penalizaciones en 2019 eleva el absentismo en el sector público. Ley de Presupuestos Generales del Estado, disposición adicional quincuagésimo cuarta, para el ejercicio 2018, en la que se restablece al colectivo de trabajadores del sector público el complemento salarial a la prestación económica en la situación de Incapacidad Temporal, que fue eliminado en el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio.

Quizás se podía pensar, que el posible absentismo entre los funcionarios, se debía al típico bulo, sin embargo, por las cifras conocidas al respecto, se puede determinar, que es tan real como la vida misma. Dejamos las cifras (de momento), y pasamos a conocer noticias de diferentes circunstancias recogidas en medios de comunicación, las cuales, pueden servir para formarse una opinión (si no la tenía), en relación al absentismo entre funcionarios, así como buscar la respuesta a las dudas/preguntas, recogidas en párrafo precedente: ¿quizás no es significativo?, ¿puede ser considerable, si bien está latente?, ¿incumplen con los horarios y con la permanencia en su puesto de trabajo?, ¿quién/es soportan, en su caso, los costes.?.

Procedemos a buscar respuestas (si ello, es posible), así, a la pregunta ¿quizás no es significativo?, (en referencia al absentismo entre funcionarios), sin duda, queda contestada con la contundente información aportada por los diarios La Razón y Expansión.com, donde se confirma, que el Gobierno trabaja en un plan contra el absentismo laboral entre los funcionarios (circunstancia que revela la gravedad del absentismo), y la más preocupante, un considerable incremento de bajas, estas, cifradas en un 29%, con el coste que ello supone para los contribuyentes, que sin duda alguna, es con los impuestos que pagamos, como se cubre este déficit o gasto inútil por lo improductivo del mismo.

Continuando en busca de respuestas, se procede a despejar otra duda ¿puede ser considerable, si bien, está latente?, la respuesta, por los datos publicados, en concreto, en el diario La Razón (01/11/2019), elaborados por el periodista Sergio Alonso, señala que el absentismo se expande por la Administración Pública, mucho mayor que el sector privado, fijando en número de bajas por enfermedad, en el sector público, de 34,74 mensuales por cada 1.000 trabajadores protegidos; en consecuencia, resulta evidente, que realmente es considerable el absentismo entre funcionarios, y por ende, señalar, que el absentismo no está latente, sino que se manifiesta acorde con la gravedad y la inexorable realidad, de ahí la decisión del Gobierno (trabajar en un plan contra el absentismo laboral entre los funcionario), recogida líneas más arriba.

De las diferentes cuestiones que se pueden plantear, esta pregunta: ¿incumplen con los horarios y con la permanencia en su puesto de trabajo?, resulte quizás, la más comentada en general, e incluso asumida por la opinión pública, si bien, en ningún caso generalizar, porque la inmensa mayoría de funcionarios cumple con sus obligaciones, sin embargo, determinadas noticias recogidas en los medios de comunicación, apuntan a un absentismo de ciertos funcionarios, incumpliendo los horarios, también hay alguno que en una década no ha realizado una sola acción laboral, sin embargo, aceptando de sumo agrado la recepción de la nómina. Esta noticia, que debería ser solo un hecho imaginario, es real, tan real, como en Valencia, un funcionario lleva más de 10 años sin acudir a su puesto de trabajo, si bien, cobrando religiosamente su nómina mensual (alrededor de 50.000 euros/año), según recoge Vicente Useros en El Mundo, 30/01/2017, dicho funcionario, le confirma, que va a fichar la entrada y se marcha, y vuelve a la hora de fichar su salida; indignante, porque en contraposición, un trabajador autónomo trabajando 10 hrs/día, no llega ni a la mitad de esa nómina, debiendo cumplir con las obligaciones fiscales, seguridad social y otros impuestos anexos.

Continuando con esta cuestión, ¿los funcionarios incumplen los horarios y la permanencia en su puesto de trabajo?, pues cierto es, en ciertas ocasiones, medios de comunicación informan al respecto, un ejemplo, es el reportero Boro Barber, que realiza un reportaje sobre el posible absentismo de los funcionarios adscritos a la Ciudad de la Justicia, Valencia, donde muestra imágenes de trabajadores fichando e inmediatamente, saliendo a desayunar, de compras, a comer o marchándose en sus vehículos. Otra noticia, que solo puede resultar negativa, publicada por el Economista, 08/05/2018: El absentismo de los funcionarios, un problema sin resolver en España; otra noticia muy significativa de hace unos días, donde el Alcalde de Orense, denuncia públicamente, que los funcionarios llegan tarde: “No cumplen con los horarios”.

La siguiente pregunta, respecto al posible absentismo entre funcionarios, sin duda alguna, tiene un coste real y tangible, si bien, procede preguntarse: ¿quién/es soportan, en su caso, los costes?; la respuesta es evidente y clara, de una forma u otra, al final, el coste lo asume el contribuyente con sus impuestos, en consecuencia, los responsables de estas circunstancias, deberían buscar como paliar esta “plaga”, es decir, combatir el absentismo entre funcionarios, La solución puede resultar tan sencilla como eficaz, solo depende de la voluntad de los responsables de los distintos ministerios, a los cuales, les consta, que pueden contar con la participación de los profesionales de la investigación privada, Despacho de Detectives, los cuales, tienen asignada la potestad, en exclusiva, de contratar y prestar de servicios de investigación privada, las cuales, son realizadas por Detectives Privados, legalmente habilitados por el Ministerio del Interior, y regulados normativamente, por la citada Ley 5/2014, de seguridad privada.

Una cuestión que debe estar asumida, el personal de la Administración General del Estado, debe cumplir igualmente, la ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 34, jornada de trabajo), así como Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, recogiendo en su punto 2 las normas de calendario laboral y en el 3 la jornada general y horarios, así como los siguientes, relativos a jornada en régimen especial, o reducida por interés particular o jornada y horarios especiales. Los sistemas de identificación, generalmente, es con tarjeta de acceso (no biométrico), lo cual, puede resultar muy vulnerable por la posibilidad de ser utilizada por terceras personas, por ello, la Administración Pública, debe valorar esta propuesta, combatir el absentismo entre funcionarios, con la participación de los Detectives Privados, profesionales de la investigación privada, sirva como ejemplo, la contratación que hace el Ministerio de Defensa con otros (empresas de seguridad) que conforman seguridad privada.

Actualmente, ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, regula normativamente la actividad de seguridad privada, si bien, hay que distinguir dos, áreas diferentes, por una parte, empresas de seguridad y personal que la conforman (vigilancia y protección de personas y bienes), estos, desde hace años, se encargan de la seguridad de unos 150 cuarteles del ejército, academias militares, polvorines, etc; de igual forma, señalar, el día 10/12/2019, M. de Defensa publica que gastará 220 millones en 5 años para privatizar la seguridad de los cuarteles; por otra, complementan seguridad privada los Despachos de Detectives Privados, cuya función asignada son los servicios de investigación privada, que consistirán (para el asunto que nos ocupa, absentismo), en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos: los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

En resumen, la Administración General del Estado, al igual que cuenta con los servicios de empresas de seguridad para la custodia y protección de cuarteles y similares, debería contar con la colaboración de los Despachos de Detectives, cuya función, en exclusiva, es prestar servicios de investigación privada, con la garantía de su actuación profesional (prudencia, constancia y sagacidad), que caracteriza a los Detectives Privados, a buen seguro, que se reduciría la tasa de absentismo entre funcionarios (como sucede en las empresas privadas), si bien, es preciso, que la Administración General del Estado, se proponga como objetivo: reducir el coste que supone el absentismo entre funcionarios. A modo comparativo, se recoge el coste que supone el absentismo en las empresas privadas en España, según las fuentes, aproximadamente, se estiman:

  1. Coste directo de empresas es de 7.000 millones de euros.
  2. Coste de oportunidad supuso más de 70.000 millones euros
  3. Coste seguridad social, entidades gestoras, 7.500 millones euros
  4. Coste total por incapacidad temporal, contingencias comunes, 85.000 millones €

Hay que recordar, que el porcentaje de absentismo entre los funcionarios es mayor que en la empresa privada, no obstante, señalar de nuevo, que la Administración, a buen seguro, tendrá con los detectives privados el mejor aliado para resolver esta cuestión, por una parte, para mejorar la imagen, y por otra, vital, impedir que la carga impositiva a los ciudadanos se incremente más, para sufragar el citado absentismo.

Sin duda, en algún momento, la Administración General del Estado debe abordar esta cuestión, porque los datos de los últimos años indican, que el absentismo va in crescendo, y por ende, se incrementa el coste del mismo, esta, cuestión importante, porque de una forma u otra, recae en los impuestos recaudados; esta circunstancia y lo que conlleva anexo, es preciso abordarla a la mayor brevedad, fijando como premisa mayor, aliviar de la pesada carga, que supone el coste del absentismo entre funcionarios, al obligado contribuyente, y como es conocido, es el eslabón más débil, pero no por ello, este, debe resultar castigado, por la pervivencia de prácticas, cuanto menos, irregulares y solo beneficia al infractor. En consecuencia, la Administración General del Estado, debería fijarse como objetivo, erradicar, en lo posible, el absentismo entre sus funcionarios, máxime, cuando puede contar con los servicios profesionales de la investigación privada, Despachos de Detectives – Detectives Privados, sin duda alguna, medio de solución idóneo, el cual, está al alcance de su mano y de la voluntad de la Administración, sin duda, si hay la voluntad … bueno, eso es otra cuestión.

P.D.  La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo considera legal que un organismo público contrate a detectives privados para investigar a sus funcionarios públicos durante su horario laboral, ya que ello no vulnera el derecho a la intimidad” (STS 12-05-98).

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